Municipalidad de San Pedro de Atacama conforma COSOC período 2023-2027

Publicado el 30 mayo, 2023

El encuentro fue dirigido por el alcalde de la comuna, Justo Zuleta Santander, quien por derecho propio es el presidente del estamento según se establece en la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificada por la ley 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.

Los Consejos de la Sociedad Civil son un mecanismo de participación ciudadana cuyos integrantes representan a organizaciones de la sociedad civil, al quehacer relacionados con cada institución pública. Su periodo de vigencia dura 48 meses (2023- 2027) desde la última elección o designación.

En tanto, el alcalde de la comuna Justo Zuleta Santander, mencionó que “estamos muy contentos se acaba de constituir el Consejo de la sociedad civil aquí en San Pedro Atacama COSOC, una instancia de participación de la ciudadanía que representa todo el espectro de las organizaciones que existen en la Comuna, muy importante, se había intentado ya en ocasiones anteriores poder llegar a esta instancia de constitución, lamentablemente por diversas razones no lograban reunirse todos los actores y no se podía constituir, hoy se logra esta constitución con un acto de la primera sesión del COSOC. Los consejeros tendrán la oportunidad de conocer lo que se necesita, las oportunidades, dificultades que hay, por qué no avanzan  algunos proyectos, porque algunos proyectos no están  siendo considerados, ir evaluando efectivamente en el día cómo avanzar para ir mejorando la comuna”.

El nuevo vicepresidente elegido, Juan Corante, señaló que “mi interés es aportar a la comunidad, a los distintos estamentos estamos integrando el COSOC, para efecto de lograr un trabajo en equipo, un trabajo mancomunado con toda la sociedad civil y todos los dispuesto a cooperar a trabajar como bien lo de como lo acabo de decir en el poder en un futuro de nuestra comunidad”.

En esta primera sesión del nuevo COSOC, resultó electo Sr. Juan Corante Maizares como 1er vicepresidente además los 12 consejeros, dentro de las funciones que tiene este órgano está el asegurar la colaboración y participación de la comunidad local en el progreso económico, social y cultural, Formular consultas al alcalde respecto de materias sobre las cuales debe pronunciarse el Concejo Municipal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 65, 79 letra b) y 82 letra a) de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

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